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SECRETARÍA VIRTUAL
Bonificación Programa Madrugadores

Las solicitudes de plaza en los programas deberán presentarse en los siguientes plazos:

  • En el supuesto de usuarios habituales:
  1. i. Para alumnos ya matriculados en el centro: en la segunda quincena del mes de abril.
  2. ii. Para alumnos de nueva matriculación en el centro: en el momento en que formalicen la matrícula.
  3. iii. Cuando la necesidad de conciliar la vida familiar, escolar y laboral sobrevenga en un momento posterior a los establecidos: en cualquier momento durante el curso escolar.
  • En el supuesto de usuarios esporádicos: con una antelación mínima de tres días lectivos a la fecha solicitada de asistencia.

Las actividades desarrolladas son actividades de carácter sociocultural y lúdico: juegos y deportes, animación lectora, actividades plásticas, de entretenimiento, audiovisuales...

IMPORTANTE:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 29/2009, de 8 de abril, por el que se regulan los programas de conciliación de la vida familiar, escolar y laboral en el ámbito educativo (B.O.C.Y.L. Nº 70, de 15 de abril) la Junta de Castilla y León podrá establecer una tarifa que, en ese caso, abonarán los participantes por el uso de cada uno de los programas y que será inferior al coste de los programas, al objeto de garantizar el mantenimiento de los mismos.

Los precios por participación en los programas Madrugadores y Tardes en el Cole para el curso 2016-2017 son de 16,00 € al mes por programa y niño para usuarios habituales y de 3,00 € al día por programa y niño para usuarios esporádicos.

En el caso de usuarios habituales, se aplicarán las siguientes bonificaciones y exenciones:

  • Familias numerosas:
    • 50% por ostentar la condición de familia numerosa de categoría general (8,00 € por cada hijo que asista al programa).
    • 100% por ostentar la condición de familia numerosa de categoría especial (todos los hijos quedan exentos de pago).
  • Personas con discapacidad:
    • 100% por acreditar ser una persona con discapacidad (exención de pago para el hijo discapacitado).
  • Familias víctimas de actos terroristas:
    • 100% por acreditar ser víctima de terrorismo (todos los hijos quedan exentos de pago).
  • Familias con dos hijos usuarios del programa que no tengan la condición de familia numerosa:
    • 50% por el segundo hijo que asista al programa (16,00 € por el primer hijo y 8,00 € por el segundo).
    • Bonificación condicionada a la renta que determine la Junta de Castilla y León.
  • Familias monoparentales:
    • Familias monoparentales con dos hijos usuarios del programa: 50% por el primer hijo que asista al programa y 100% por el segundo (8,00 € por el primer hijo y exención de pago para el segundo).
    • Familias monoparentales con un solo hijo usuario del programa: 50% (8,00 €).
    • Exención condicionada a la renta que determine la Junta de Castilla y León.
  • Familias víctimas de violencia de género:
    • 100% por acreditar ser víctima de violencia de género (todos los hijos quedan exentos de pago).
    • Exención condicionada a la renta que determine la Junta de Castilla y León.

Presentación de solicitudes para el curso 2017/18:

El plazo de presentación de solicitudes para el curso 2017/2018 en el supuesto de alumnos ya matriculados en el centro durante el curso 2016/2017, será del 17 de abril al 2 de mayo de 2017. Para el resto de alumnos, el plazo comenzará en el mes de septiembre de 2017.

Las solicitudes se presentarán preferentemente en la Secretaría del centro o a través de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se podrán presentar también de forma electrónica a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, para ello los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de certificado digital de clase 2CA de firma electrónica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

 

Ficheros disponibles

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